La detección de potenciales fraudes se llevará a cabo por medio de la detección de indicadores que hagan sospechar de la comisión de un fraude. Los indicadores configuran Escenarios Posibles de Fraude y es la real existencia de éstos la que interesa advertir. Para ello se detalla a continuación una guía de recomendaciones a tener en cuenta en los distintos momentos de la vida de una póliza.
Con el fin de evitar acciones fraudulentas de las que puedan formar parte, voluntaria o involuntariamente las distintas áreas operativas y que afecten tanto a tomadores, asegurados, beneficiarios o damnificados, Binaria Seguros instruyó las siguientes recomendaciones que forman parte de su Política de prevención del fraude de acuerdo a la siguiente guía:
a) Propiciar la difusión de las alertas, indicadores o señales que usualmente ameritan un control más atento.
b) Difundir las acciones de disuasión y prevención a todos los tomadores y asegurados, los que deberán ser alertados, por ejemplo, en orden a que:
1) Nunca deben firmar en blanco formularios de reclamos o denuncias de siniestros.
2) Nunca deben aceptar dinero, o suscribir documentos o acordar apoderamientos cuyos alcances y efectos no comprendan, como tampoco reconocer hechos que no han sucedido, ni aceptar la asistencia letrada proporcionada por terceros desconocidos.
3) El fraude que se dirige contra el asegurador causa daños a toda la comunidad, incide en los costos de las primas, y ocurre cuando la gente engaña a la compañía (y/o a sus representantes comerciales) para cobrar dinero u obtener alguna otra ventaja a la que no tiene derecho.
4) El fraude que afecta al asegurador es un delito. La variación, simulación o tergiversación de circunstancias personales, temporales, objetivas, de causalidad, de lugar, y la provocación deliberada, o la simulación total o parcial del acaecimiento del siniestro, son algunas de las formas de fraudes más comunes, lo que lleva a admitirlo como natural, sin comprender la gravedad que conlleva.
5) Las declaraciones falsas o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que de ser tomadas en cuenta hubiesen impedido el contrato o modificado sus condiciones, hacen nulo el contrato, resultando de mayor gravedad las consecuencias frente a actitudes dolosas o de mala fe.
6) Recuerden que pueden ser voluntaria o involuntariamente implicados en una maniobra de fraude. Siempre existe el riesgo de que alguna persona con muy malas intenciones los induzcan a realizar prácticas que están por fuera de la ley.
7) Nunca deben avenirse a cooperar en la realización de una maniobra de fraude.
8) Nunca deben facilitar los datos ni el acceso de sus pólizas a terceros cuando ello no se justifique, ni permitir que se sustituyan o simulen las reales circunstancias personales, temporales, objetivas o causales, relativas al acaecimiento de un siniestro.
9) Siempre deben consultar con su aseguradora ante cualquier duda o eventualidad y comunicar novedades que surjan.
10) El titular o Beneficiario deberá formular denuncia del acaecimiento del siniestro.
11) Tengan presente que sus coberturas pueden tener limitaciones, en orden a ítems, riesgos o conceptos no cubiertos.
12) Si bien esta permitido asegurar el mismo interés y el mismo riesgo con más de un asegurador, en su caso tal extremo debe ser notificado a todas las entidades.
[1] Anexo IV de la Resolución SSN Nro. 38477
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